domingo, 28 de octubre de 2012

Un adulto puede mantener relaciones sexuales con tu hija de 13 años.


¿A qué edad pueden mantener relaciones sexuales adultos con niños?


Este es un debate que no es nuevo, lo que pasa es que ahora está de moda, porque uno de estos dramas, el del llamado por la prensa el de “El Salobral”,  ha terminado de forma trágica.
Partamos esta reflexión de un hecho. La ley en España dice que: una niña o un niño de 13 años pueden mantener relaciones sexuales, de forma legal, con un adulto. Dicho así suena fuerte, pero si lo decimos al revés aún suena peor: Un adulto puede mantener relaciones sexuales con un menor de 13 años de forma legal.
El código penal desarrolla tres artículos a este respecto: 
Artículo 181(1) - El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.
Artículo 181(2) - A los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto.
Artículo 183(1) - El que realizare actos que atenten contra la indemnidad sexual de un menor de trece años será castigado como responsable de abuso sexual a un menor con la pena de prisión de dos a seis años.

En el Artículo 12 de la Constitución española dice:

Los españoles son mayores de edad a los dieciocho años.

Se sostiene como regla general por el Tribunal Supremo que existe la incapacidad de los menores de 18 años, lo cual no quiere decir que el menor no tenga reconocida una amplia esfera de actuación. Así puede ejercitar por sí mismo los derechos inherentes a su personalidad y otros que, de acuerdo a su madurez, puede realizar por sí mismo.
Una vez hecha esta primera exposición me vienen a la cabeza dos cuestiones:

1.       ¿Es un menor de 13 años suficientemente maduro como para poder decidir por sí mismo, no solo mantener relaciones sexuales, sino para mantenerlas con un adulto?


No voy a caer en trampa de responder rápidamente sin hacer antes una breve reflexión, pues sin ella responderían mis emociones y no mi cerebro.
Por un lado quiero contraponer diferentes cosas que legalmente pueden o no pueden hacer dichos menores:

·         Sí pueden:
a.       Mantener relaciones sexuales consentidas.
b.      Testificar (art. 361 Ley Enjuiciamiento Civil: Los menores de catorce años podrán declarar como testigos si, a juicio del tribunal, poseen el discernimiento necesario para conocer y para declarar verazmente”)
c.       Pueden adquirir una posesión.
d.      Aceptar donaciones.
e.      Celebrar pequeños contratos sobre cosas propias de su edad (comprar o aceptar un cromo).
f.        Acceder a lugares de recreo propios de su edad.
g.       Ir en transporte público.
h.      Actuar ante la Administración Pública para ejercer aquellos derechos que se permitan en la Ley.
·         No pueden:
a.       Votar (Hasta los 18)
b.      Hacer testamento, salvo el ológrafo (Hasta los 14)
c.       Conducir ciclomotores (Hasta los 15)
d.      Presentarse a unas oposiciones (Hasta los 16)
e.      Sacarse el pasaporte o el DNI (Hasta los 14)
f.       Comprar fármacos sin receta (Hasta los 16)
g.      Adquirir píldoras postcoitales (Hasta los 16)
h.      Abortar informando a sus padres y sin ni siquiera informar a sus padres en determinados casos de violencia intrafamiliar (Hasta los 16)

¡Sorprendente! No son maduros para elegir a sus representantes políticos, pero para elegir a sus parejas sexuales.

2.       ¿Los padres qué pintan?

Le hemos quitado la autoridad a los padres para corregir a los hijos y no es que lo diga yo, que a fin de cuentas no soy nadie reseñable en este sector. Lo dice el Juez Decano de los juzgados Granada, el juez de menores Emilio Calatayud (http://www.granadablogs.com/juezcalatayud/). Si le quitamos la autoridad a los padres:

¿Cómo es posible que eduquen bien a sus hijos? Es muy difícil, porque si todo va bien no hay problema, pero si no es así, no tienen herramientas para corregir a los menores.

¿Cómo van a cuidar unos padres a sus hijos si les quitamos las herramientas para hacerlo?. Si unos padres no pueden corregir a un hijo y mucho menos puede hacerlo la escuela ¡tenemos que esperar a que un juez tome cartas en el asunto!

Si llegamos a este punto y denunciamos que nuestro hijo o hija de 13 años, como ha sido el caso del crimen de El Salobral, está manteniendo relaciones sexuales con un adulto de 39, tristemente comprobamos que un juez no puede hacer nada, porque también a ellos se les han quitado las herramientas para poder proteger a nuestros menores.

Entonces ¿en quién recae la responsabilidad de proteger a nuestros menores? La respuesta es fácil, si no recae en la escuela, no recae en la casa y no recae en la justicia, solo puede estar en manos de los propios menores. 

¡Así nos va!

3.       ¿Por qué 13 años?

España es el país de la Unión Europea con la edad de  consentimiento sexual más baja.

¿Por qué ocurre esto?

¿Somos más modernos por permitir que nuestras niñas mantengan relaciones sexuales? 
Creo que tenemos un complejo brutal y preferimos destacar en medidas híper-laxas antes que otras más duras. No nos vayan a llamar retrógrados.

Ya sé que tenemos que reforzar la marca: “Spain is diferent” pero no estoy seguro de que esta sea la mejor forma.  Luego nos damos golpes en el pecho cuando jóvenes y adultos de otros países vienen a España en busca de fiesta, alcohol y sexo. ¿Por qué lo hacen? Porque está permitido. 

Mi opinión:

Para hacerlo no puedo olvidar mi condición de educador. No soy parcial en este caso, puesto que me paso la mayor parte de mi vida trabajando, pensando, disfrutando, sufriendo, educando y riendo con niños, adolescentes y jóvenes y lo vengo haciendo desde hace diez años. Dada mi vocación creo y siento que los niños (englobando en el término a adolescentes y jóvenes) son elementos de vital importancia. Perdonarme que os diga, bajo mi punto de vista un menor de 13 años sigue siendo un niño que empieza a jugar a ser adulto y como en todo juego debe haber unas normas para evitar que nadie pueda abusar de los otros. Si para evitar que se hagan daño no permitimos que nuestros hijos de 13 años practiquen ningún deporte con adultos, ¿cómo vamos a permitir que practiquen sexo con ellos?

El problema es que en este juego tenemos una grave dificultad, porque hemos quitado a los padres, que deben ser los árbitros, el poder de tomar medidas, al menos dentro de la legalidad. Es increíble que un padre y/o una madre tengan que tolerar que su hija o hijo decida mantener relaciones sexuales con un adulto.

No podemos echar la culpa al sistema.

¿Son los padres los únicos árbitros en este partido?
¡¡¿Pero qué pasa?!!!
¡¡¡¡¡¿Y todos los demás?!!!!!
¿Es que acaso no somos todos, miembros de la sociedad española, responsables del cuidado y la protección de los niños? 
No olvidemos que todos hemos sido niños alguna vez y que lo más probable es que seamos padres ahora o en un futuro.

Estoy acostumbrado a escuchar a mis alumnos de entre 14 y 17 años frases como esta: “si le pasa a mi hija lo mato”, pero también lo escucho en adultos. Parece que si decimos esas cosas y además si lo hacemos con vehemencia nos importa mucho. Me vais a perdonar. Decir eso y nada es lo mismo, porque no vais a matar a nadie y de paso me quito la responsabilidad de encima, “como no me ha pasado a mí… pues…no puedo hacer nada”. Seguro que hasta nos creemos que de verdad nos importa. Si nos importara de verdad tomaríamos medidas siempre.

En el caso concreto de este crimen es más que evidente. El Salobral es un pueblecito de 1121 habitantes (INE 2011). Estoy seguro de que en el pueblo TODO EL MUNDO estaba al corriente de la situación y aunque el asesino ha sido uno y es él el único responsable del asesinato, el resto del pueblo ES CÓMPLICE de tolerarlo. Pero seguro que todos decían y dicen: “si le pasa a mi hija lo mato”.

Esta reflexión me lleva a las siguientes conclusiones:

·      La responsabilidad de la educación de los niños corresponde a todos los miembros de la sociedad.

·      Los culpables del éxito o el fracaso de esta misión somos todos: políticos, policías, jueces, profesores, educadores, padres, madres, amigos, vecinos, conductores de transporte público, panaderos, menores ...

¿A qué edad pueden tener relaciones sexuales adultos con niños?

Me voy a apoyar de nuevo en un experto: El Jefe de Psiquiatría del Hospital Infanta Leonor de Madrid, Javier Quintero, apunta en el diario La Razón que la diferencia de edad en una relación «supone una traba relevante cuando una de las partes es notablemente más inmadura». Sin embargo, explica que la madurez «no la marca la fecha de nacimiento, sino un proceso complejo de desarrollo evolutivo». Asimismo, «podemos encontrar adolescentes suficientemente maduros a los 13 años y otros a los que la madurez les tarda más en llegar. Como en todos los procesos madurativos, no se debe forzar el desarrollo» concluyó el psiquiatra.

Me mojo:

Como respuesta a la pregunta y con la seguridad de que ésta proviene de una larga reflexión y no solo del corazón propongo que:
  • La edad mínima para que un menor pueda mantener relaciones sexuales consentidas debería elevarse a 16 años.
  • Nunca un menor podría mantener relaciones sexuales con un individuo que supere su edad en 3 años.
  • Devolver a los padres las herramientas necesarias para corregir a sus hijos.
  • Exigir a los centros educativos que se forme a los jóvenes en programas de afectividad-sexualidad.
       Con la colaboración del licenciado en derecho D. Jaime González Mena.


4 comentarios:

  1. Estimado Fito, interesante debate el que inicias, pero permíteme, desde el cariño, alguna pequeña crítica a su contenido.

    En primer lugar el titular de tu post y, en general, la línea argumental sobre la que desarrollas tu opinión ¿la legislación actual es exclusiva para la parte femenina de nuestra descendencia? vamos que si esta misma legislación no permite que nuestro hijo de 13 años pueda mantener relaciones con una mujer que tenga más de 18 años. En este caso ¿estaría bien? ¿nuestro hijo sería un machote?

    Luego está lo que pueden y no pueden hacer, sus derechos y responsabilidades. ¿Cuál es la edad en la que se le puede exigir responsabilidad penal a un menor por sus actos? Siendo en España de 16 años, también podemos observar que en algunos países de nuestro entorno esta edad es mucho más baja: Inglaterra 10 años, Portugal y Holanda 12 años, Alemania 14 años; durante los últimos años se ha alentado desde distintos medios de comunicación y una parte de la opinión pública que está cifra se revise, sustancialmente a la baja, al albur de hechos puntuales, totalmente reprobables, que han creado una supuesta alarma social. Desgraciadamente nuestro gobernantes siguen legislando al amparo de grandes titulares.

    Por otra parte es curiosos que, frente a otras cuestiones en la que se abogan por una total desregularización, haya un movimiento de fondo que aliente continuamente por crear una burbuja legislativa alrededor de nuestros jóvenes y adolescentes, en lugar de apostar con el mismo ímpetu por mejorar nuestro sistema educativo, que nadie mejor que tú sabe como se está sistemáticamente esquilmando, y crear un entorno donde se forme a nuestros jóvenes y a nuestras jóvenes en valores adecuados que les permitan tomar con libertad y conocimiento las decisiones que afecten a su vida.

    Para terminar, el tema del famoso numerito ¿16? ¿15?, ¿18?, ¿21?, ... ¿dónde poner el límite? Sin ser un experto en psicología, que no lo soy, entiendo que no todos los seres humanos maduran a la misma edad, por lo que cualquier edad que a nivel legislativo se fije, será cuestión de debate y contará siempre con defensores y detractores. Por supuesto no voy a entrar a valorar nuestro caso personal, el tuyo y el mío, eso daría para un libro sobre la cuestión de la madurez.

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    1. Querido Ángel en primer lugar agradecer tu comentario, siempre es bueno sentirte cerca, aunque sea a través de las palabras.

      En referencia a la sexualidad del asunto me he centrado en algunos puntos de la reflexión en femenino por el caso en concreto. Para nada veo diferencias en las relaciones de menores (chicos) con adultos (mujeres), es más, en España son legales las relaciones homosexuales y también podemos encontrar relaciones niño-hombre y niña-mujer. En todos los casos me parecen igual de reprobables.

      El debate de la responsabilidad penal es otro, al menos para mi. Necesitaría una gran reflexión para poder opinar con cordura. A priori me da la impresión que hay determinados delitos en determinadas circunstancias que quedan impunes, o casi, por el hecho de ser menores. Se podría revisar.

      Con respecto a los sistemas educativos (hay uno por legislatura)qué te voy a contar. Pero como insinúo en la reflexión no creo que sea responsabilidad exclusiva de los políticos al fin y al cabo seguimos votando a los mismos dos partidos a los que criticamos tanto unos y otros. Parece que estamos más preocupados en demostrar que los del partido de enfrente están equivocados que en resolver los graves problemas de los hombres del futuro.

      Para terminar, lo del numerito, como tú dices... sé que crea controversia y que cualquier propuesta puede flaquear, precisamente porque la madurez no son matemáticas, pero no por eso debemos dejar de legislar. En mi propuesta me he preferido abordar la situación desde el prisma de proteger a los menores y no desde el prisma del derecho a mantener relaciones sexuales.

      Gracias una vez más por enriquecer el debate.

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  2. A raíz del numérico me uno a las opiniones. Desde luego es muy difícil establecer una edad por las diferencias de maduración, pero lo veo imprescindible. Sería muy difícil establecer el nivel de maduración de un adolescente a toro pasado.
    Y otra cosa, no se puede hacer una valoración o peritación de cada adolescente en cada momento de su continuo madurativo. ¿Y quién lo mandaría?

    Pasaría lo mismo con la responsabilidad en la comisión de delitos.

    Aunque sea injusto con los casos excepcionales seria mejor generalizar.

    ¿Con Qué edad? Luego lo pienso.

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  3. Muchas gracias por participar, todos los comentarios enriquecen, pero agradecería que firmáseis si no tenéis perfil de blogger.

    Muchas gracias

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